Visto el expediente instruido para la contratación de referencia, en el que con fecha 25 de julio de 2023 se acuerda la siguiente clasificación de ofertas por orden decreciente, según propuesta de la Mesa de Contratación, en su sesión de fecha 18 de julio de 2023, atendiendo a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el mismo:
Primera clasificada: E4E SOLUCIONES ENERGÉTICAS, S.L.
Segunda clasificada: FUTURGY SOLUCIONES ENERGÉTICAS, S.L.
Tercera clasificada: MONELEG, S.L.
Cuarta clasificada: GRUPO INTEGRAL INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, S.L.
Quinta clasificada: MITRAL SOLUCIONES INTEGRALES, S.L.
Se excluye del procedimiento la propuesta presentada por la empresa ISALEC ENERGÍAS RENOVABLES, S.L. por no cumplir, a la fecha final de presentación de ofertas con los requisitos previos, de conformidad con lo establecido en la cláusula 6.2.3. del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el presente expediente de contratación.
Se excluye del procedimiento las propuestas presentadas por las empresas GIKA SOLUCIONES ELECTROTÉCNICAS, S.L., y SABIA ENERGÍA, S.L por incluir en el sobre 2, de documentación no valorable en cifras o porcentajes, información destinada al sobre 3, de conformidad con lo establecido en el documento V. DOCUMENTACIÓN A INCORPORAR RELATIVA A LA PROPOSICIÓN del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige este expediente de contratación, rompiendo el secreto de las proposiciones establecido en el art. 139 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Se excluye del procedimiento la propuesta presentada por la empresa IRRADIA INGENIERÍA SOLAR, S.L. al considerar la oferta presentada anormalmente baja o desproporcionada de conformidad con el artículo 149 de la ley 9/2017 por los motivos indicados en el informe de valoración técnica que se encuentra publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Efectuado el requerimiento al mejor clasificado de la documentación preceptiva para ser adjudicatario del procedimiento y una vez cumplido dicho requisito conforme a lo establecido en el artículo 150 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de conformidad con las facultades que la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y los Estatutos de la Universidad de Cádiz me atribuyen en materia de contratación,
HE RESUELTO
Adjudicar el expediente de referencia a la empresa E4E SOLUCIONES ENERGÉTICAS, S.L., NIF B85439081, por un importe de 180.432,33 €, al cual aplicado el porcentaje correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido, asciende a un total de 218.323,11 euros (doscientos dieciocho mil trescientos veintitrés euros con once céntimos).
Según lo dispuesto en el artículo 153.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el contrato deberá ser formalizado en el plazo máximo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, sin que, en este último caso, pueda interponerse recurso contencioso-administrativo hasta su resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.