Trabajos realizados - Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
Criterios: El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar, en el año de mayor ejecución del período antes indicado, deberá ser deberá ser de una cuantía igual o superior a 57.715 € IVA excluido.
Se acreditará mediante: Los suministros o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
Solvencia técnica para las empresas de nueva creación (que tenga una antigüedad inferior a cinco años) que no puedan acreditar la experiencia exigida anteriormente: Deberán indicar las instalaciones técnicas, las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Para ello dichas empresas deberán acreditar específicamente las características técnicas de la emulsión y los ensayos en laboratorios homologados del producto a suministrar.