1º.- Declarar la validez del procedimiento licitatorio.
2º.- Excluir del procedimiento a las empresas LAW AND BUSINESS ENTERPRISES WORLDWIDE S.L., G CUETO LEGAL, S.L., AFONSO Y AFONSO ASESORES, S.L., CALIXTO ESCARIZ S.L.U., BEADES ABOGADOS SECTOR PÚBLICO S.L., MONEDERO GIL ABOGADOS Y ASESORES FINANCIEROS, S.L.P., por no alcanzar la puntuación mínima exigida en el PCAP de al menos el 50% de la puntuación en cada uno de los apartados
de los criterios de adjudicación sometidos a juicio de valor.
3º.- Admitir en el procedimiento a la empresa COQ ADVISOR S.L.
4º.- Otorgar a la empresa COQ ADVISOR S.L. la siguiente puntuación:
Criterios juicio de valor: 18 puntos.
Criterios evaluables automáticamente: 75 puntos
Total, puntuación: 93 puntos
5º.- Adjudicar el contrato para el servicio jurídico de defensa de los intereses municipales y asesoramiento jurídico, asesoramiento en la instrucción de expedientes informativos y disciplinarios relacionados con el personal adscrito del Ayuntamiento a la empresa COQ ADVISOR S.L. por un importe de 40.000 €. (IVA Excluido) por un año
(48.400 IVA Incluido) y con las mejoras ofertadas.