Motivación Como consecuencia de lo que antecede, la mesa acuerda elevar al órgano de contratación la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:
PRIMERO: No admitir la oferta presentada por la mercantil DESTELLO ILUMINACION Y DECORACION, S.L. (C.I.F.: B-03918661) por no reunir los requisitos de solvencia en los términos previstos en los pliegos.
SEGUNDO: Declarar como proposición económicamente más ventajosa en la licitación del CONTRATO DE SERVICIOS DE LAS INSTALACIONES PROVISIONALES DE ALUMBRADO EXTRAORDINARIO, EN FIESTAS LOCALES (CSERV18/17), a la plica presentada por ILUMINACIONES GRANJA S.L. (C.I.F.: B-53332748), por un importe de 59.798,33 euros/año, y demás términos de su oferta, como siguiente oferta en orden a la puntuación obtenida, tal y como establece la cláusula 5ª PCJA
TERCERO: Requerir a la referida mercantil para que, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba la correspondiente notificación, presente la documentación prevista en el apartado 4.B) PCJA, b1 documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos.
Una vez presentada dicha documentación, si la Mesa de Contratación declara la admisión por cumplirse los requisitos previos, requerirá al licitador para la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 151.2 TRLCSP, apartado 4.B) PCJA b 2) Documentación acreditativa del cumplimiento de condiciones para adjudicación, y la presentación de la garantía definitiva por importe de 4.942,01 euros.