Otros - Los licitadores al procedimiento deberán acreditar su solvencia técnica o profesional, mediante relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A los efectos de apreciar la solvencia del empresario, el importe anual acumulado de los tres últimos años será igual o superior al 70% del valor estimado del contrato.
La ausencia de acreditación de la solvencia económica y financiera, y técnica o profesional por los medios descritos en este apartado, será motivo de exclusión del procedimiento.