Otros - a)Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.d) Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo
oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo
de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando,
excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de
producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que
cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad.
e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda
certificarse a petición de la entidad contratante.
f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de
competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada
mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas.
g) Indicación de los sistemas de gestión de la cadena de suministro, incluidos los que garanticen el
cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, y de
seguimiento que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
h) Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga
una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los
medios a que se refieren las letras b) a g) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo
establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.