Trabajos realizados - Para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: -Si no son de nueva creación, deberán presentar una relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe (distribuido por anualidades), las fechas y el lugar de ejecución de las obras, y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
El importe anual acumulado, sin incluir impuestos, en el año de mayor ejecución dentro del período de los últimos cinco años será igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución dentro del período de los últimos cinco años será igual o superior a 1.052.843,01 €. .
-Si son de nueva creación, deberán presentar una declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.