Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - Artículo 90.1 apartado a), de la LCSP: “Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente”.
Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se deberá presentar la relación de los servicios realizados en los últimos tres (3) años, comprendiéndose en dicho período el mismo año de la convocatoria de la licitación, 2020 (Se tomará como referencia para el cómputo de dichos últimos tres años la fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones).
El importe anual que el licitador deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato será el de 70 % de la anualidad media del contrato, IVA excluido ( 691.609,338 euros ), debiendo presentar los correspondientes certificados de los mismos –dichos certificados han de referirse a contratos ya finalizados- cuyo importe acumulado sea igual o superior a la cantidad requerida.
Umbral: 691609.34
Periodo: 3 años
Expresión: euros