Trabajos realizados - Empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea:Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La solvencia técnica exigida se acreditará mediante la presentación de una relación (firmada por el representante legal), de las obras ejecutadas en trabajos del grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el presente contrato, en el año de mayor ejecución de los cinco últimos, exigiéndose que el importe anual acumulado en dicho año sea igual o superior al 70% del valor estimado anualizado del lote 1 (706.000 euros, IVA excluido), avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe (el importe mínimo por obra que se tendrá en cuenta es de 50.000 €, IVA excluido), las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. La clasificación en los siguientes grupos y subgrupos de las empresas no españolas y de estados miembros de la UE acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar:
Grupo/s; Subgrupo/s; Categoria/s: C; 4,6,8 y 9; 1 / I; 9;1 / J;2 y 4;1 / K;9;1
Umbral: 706000
Periodo: cinco últimos años
Expresión: Si o no