Descripción Los programas educativos son elementos fundamentales que influyen en la organización de los centros y son responsables de mejorar los procesos de formación integral del alumnado. Por este motivo, constituye una especial preocupación para esta Consejería la coordinación de todas sus actuaciones y su acertada orientación a los objetivos de éxito escolar y modernización de la enseñanza. Dentro de los diferentes programas educativos, encontramos el Programa para la mejora de las destrezas de expresión oral, Liga Debate, regulado mediante Orden EDU/1074/2022, de 16 de agosto. El programa tiene la finalidad de poner en práctica actividades de aprendizaje colectivo, centradas en el desarrollo de herramientas que mejoren las habilidades oratorias del alumnado. Las actividades a desarrollar se centran en temas de actualidad que resulten del interés del alumnado participante, fomentando la conciencia democrática, los valores del parlamentarismo y los que impregnan nuestro sistema educativo. Podrán participar en el programa los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León. Para el curso 2023-24, el programa se ha convocado mediante la Orden EDU/1150/2023, de 27 de septiembre.
Este programa se desarrollará a lo largo de sucesivas fases: previa, centro, provincial, autonómica y final.
La fase provincial Categoría A, de los centros de Educación Secundaria Obligatoria, se va a realizar en las diferentes provincias y en días distintos. En Ávila se desarrollará el día 13 de marzo de 2024.
Por este motivo, se considera necesaria la contratación de un servicio de desplazamiento de alumnos y profesores del IES Adaja y del IES Eulogio Florentino Sanz (Arévalo) a Ávila, el día 13 de marzo de 2024, para participar en la Liga Debate, fase provincial de Educación Secundaria Obligatoria, a tenor de la motivación descrita anteriormente.
En cumplimiento del artículo 118.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se informa que no se está alterando el objeto del contrato con el fin de evitar la aplicación de los umbrales establecidos en el artículo 118.1.