Motivación A continuación, consta que, todas las proposiciones técnicas presentadas han superado la puntuación necesaria para obtener una calidad técnica suficiente, a excepción de la oferta presentada por la mercantil DF. Operaciones y Montajes, S.A.U, de forma no podrá ser tomada en consideración en el cálculo de las ofertas anormalmente bajas, así como tampoco para la determinación de la oferta de mejor relación calidad- precio, de conformidad con la valoración de la puntuación relativa a la proposición técnica efectuada por la Comisión Técnica en su Informe de fecha 21 de junio de 2024, que igualmente sirve de motivación a la presente Resolución.
Una vez realizada en acto público la apertura de las ofertas económicas, de conformidad con lo recogido en el Acta de Mesa de Contratación de fecha 26 de junio de 2024, la Mesa de Contratación determinó, de acuerdo con lo prevenido en el PCAP, que la oferta presentada por la mercantil Innovia Coptalia, S.A.U. se encontraba incursa en presunción de temeridad por su bajo importe ofertado y, se requirió a dicha licitadora para que aportara la documentación complementaria que permitiera, en su caso, tomar en consideración su oferta.
Una vez recibida de la licitadora requerida la documentación justificativa al respecto, que pudiera hacer que su oferta fuera tomada en consideración, el Secretario remitió a la Comisión Técnica dicha documentación para su análisis y valoración que, tras el detallado estudio de la misma, según consta en el Informe redactado al efecto de fecha 19 de julio de 2024, a cuyo contenido íntegro se remite la presente Resolución a los efectos de su motivación, se concluyó que la oferta de Innovia Coptalia, S.A.U. no justifica suficientemente la totalidad de la baja ofertada desde un punto de vista cuantitativo y objetivo en los términos
recogidos en el art. 149 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y en el art. 69 del Real Decreto-Ley 3/2020, de 4 de febrero, por lo que la Mesa de Contratación haciendo suyo el mencionado Informe técnico a los efectos de motivar adecuadamente su propuesta, propone declarar en temeridad la oferta presentada por la mercantil de Innovia Coptalia, S.A.U., de forma que no sea tenida en cuenta en la clasificación final del presente procedimiento de contratación por no haber justificado suficientemente la baja ofertada.
5. Por último, la Mesa de Contratación, a la vista del resultado de las puntuaciones técnicas y económicas y la clasificación final de las empresas licitadoras propuestas para su admisión al procedimiento de licitación, ponderando el conjunto de las valoraciones efectuadas, eleva al Órgano de Contratación propuesta de adjudicación a favor de la mercantil Savilcon Montaje Industrial, S.L., por considerar que era la oferta que representaba la mejor relación calidadprecio, de conformidad con la puntuación global obtenida.