Motivación La oferta presentada por AEMA HISPÁNICA S.L. ha obtenido la mejor puntuación, según los criterios de valoración de ofertas establecidos en el Pliego de Cláusulas Particulares, y resulta por tanto la oferta con mejor relación calidad-precio, según se aprecia en la información que se ha facilitado a los licitadores a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. En el expediente son relevantes los siguientes antecedentes:
1-Con fecha 12 de diciembre de 2019 se procedió a la apertura de los sobres 3 (Oferta evaluable mediante la aplicación de fórmulas, que incluye la oferta económica).
2-A la vista de las ofertas económicas presentadas, con la misma fecha, se solicitó justificación de la oferta económica a la licitadora AEMA HISPÁNICA, S.L. Analizada la documentación aportada por dicha licitadora en justificación de su oferta, y a la vista del informe emitido por el Departamento Técnico de ACUAES, se considera que la oferta presentada por la licitadora AEMA HISPÁNICA, S.L., ha quedado justificada a satisfacción de la Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España, S.A., no excluyéndose de la valoración económica por haberse estimado la justificación sobre su viabilidad tras el trámite de audiencia.
3-Como resultado de la puntuación obtenida por los licitadores en la fase de evaluación técnica y económica, el estudio del informe del Departamento Técnico, y tras las oportunas comprobaciones en fecha 21 de enero de 2020 se acordó proponer al órgano de contratación de la Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España, S.A. la adjudicación a la licitadora AEMA HISPÁNICA, S.L., de acuerdo con la oferta presentada.
4- Con fecha 31 de enero de 2020 la Junta de Compras de ACUAES ha resuelto la adjudicación del contrato a AEMA HISPÁNICA, S.L.
Contra el acuerdo de adjudicación cabe interponer, con carácter potestativo, Recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Central de Recursos Contractuales, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado. Dicho recurso deberá ser anunciado al órgano de contratación en el plazo anteriormente señalado, previamente a su interposición, pudiendo presentarse posteriormente el escrito de interposición en el registro del órgano de contratación o en el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Con carácter alternativo cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente a su notificación.