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Número de Expediente 300/2024/00136
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 08-04-2024 a las 17:46 horas.

Contrato de suministro de equipamiento para la Subdireccion General de SAMUR Proteccion Civil

Contrato Sujeto a regulación armonizada
No

  • Directiva de aplicación
    N/A
  • Valor estimado del contrato
    128.190 EUR.
  • Importe
    155.109,9 EUR.
  • Importe (sin impuestos)
    128.190 EUR.
  • Plazo de Ejecución
    • Del 01/07/2024
      durante 3 Mes(es)
      • Observaciones: Fecha prevista de Inicio: 01 de julio de 2024 o desde la formalización del contrato siempre que ésta se produzca en fecha posterior.
  • Tipo de Contrato
    Suministros
  • Subtipo
    Adquisición
  • Contrato Mixto
    No
  • Lugar de ejecución
    ES300 Madrid La entrega de los bienes se realizará, días laborables entre las 9:00 y las 13:00 horas, en la Base 0 de SAMUR Protección Civil, Ronda de las Provincias nº 7. Madrid
  • Clasificación CPV
    • 39143112 - Colchones.
    • 39100000 - Mobiliario.
    • 39516120 - Almohadas.

    Proceso de Licitación

    • Procedimiento
      Abierto simplificado
    • Tramitación
      Ordinaria
    • Presentación de la oferta
      Electrónica
    • Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
      : No
    • Reducción de candidatos en fases sucesivas : No
    • Sistema de Contratación
      No aplica
    • Características del procedimiento
      Procedimiento abierto simplificado

    Entidad Adjudicadora

    Dirección Postal
    • Calle Príncipe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España
    • ES300
    Contacto
    • Teléfono
      +34 608892713
    • Correo Electrónico
      agssyecontratacion@madrid.es

    Proveedor de Pliegos

    • Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid

    Plazo de Obtención de Pliegos

    • Hasta el 23/04/2024 a las 23:59
    Dirección Postal
    • Calle Príncipe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España

    Proveedor de Información adicional

    • Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid
    Dirección Postal
    • Calle Príncipe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España

    Recepción de Ofertas

    • Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid
    Dirección Postal
    • Calle Príncipe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España

    Plazo de Presentación de Oferta

    • Hasta el 23/04/2024 a las 23:59

    Otros eventos

    Apertura oferta criterios cuantificables automáticamente (art.159)

    • Apertura sobre administrativo y criterios cuantificables automáticamente
    • El día 24/04/2024 a las 10:00 horas
    Lugar
    • Entorno digital
    Dirección Postal
    • Príncipe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España

    Tipo de Acto :
    Privado


    Objeto del Contrato
    : Contrato de suministro de equipamiento para la Subdireccion General de SAMUR Proteccion Civil

  • Descripción del procedimiento
  • Contrato de suministro de equipamiento para la Subdireccion General de SAMUR Proteccion Civil
  • Valor estimado del contrato
    128.190 EUR.
  • Presupuesto base de licitación
    • Importe
      155.109,9 EUR.
    • Importe (sin impuestos)
      128.190 EUR.
  • Clasificación CPV
    • 39143112 - Colchones.
    • 39100000 - Mobiliario.
    • 39516120 - Almohadas.
  • Plazo de Ejecución
    • Del 01/07/2024
      durante 3 Mes(es)
      • Observaciones: Fecha prevista de Inicio: 01 de julio de 2024 o desde la formalización del contrato siempre que ésta se produzca en fecha posterior.
  • Lugar de ejecución
    • La entrega de los bienes se realizará, días laborables entre las 9:00 y las 13:00 horas, en la Base 0 de SAMUR Protección Civil, Ronda de las Provincias nº 7.
    • Subentidad Nacional
      Madrid
    • Código de Subentidad Territorial
      ES300
    • Dirección Postal
      • Ronda de las Provincias, nº 7
      • (28011)
        Madrid
        España

    Condiciones de ejecución del contrato

    • Se utilizará pedido electrónico : No
    • Se aceptará factura electrónica : Sí
    • Se utilizará el pago electrónico : No
    • Condiciones especiales de ejecución de Contrato
      • Consideraciones de tipo medioambiental - Es condición especial de ejecución que, en la entrega del suministro embalado, los materiales de embalaje sean de cartón reciclado, y reciclables o estar provisto de certificado FSC, PEFC, ECOLABEL EU o equivalente y ser reciclables.
      • Consideraciones de tipo social - El contratista tiene la obligación de proveer de Equipos de Protección Individual a sus trabajadores, en particular, en caso de situaciones excepcionales en los que esté indicado su uso de acuerdo con los criterios establecido por las autoridades competentes

    Condiciones de Licitación

    Garantía Requerida Definitiva

    • Porcentaje
      5 %
    • Plazo de constitución
      • 12 Mes(es)

    Garantía Requerida Complementaria

    • Porcentaje
      1 %
    • Plazo de constitución
      • 12 Mes(es)

    Requisitos de participación de los licitadores

      Condiciones de admisión
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid. Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles
      • Preferencia para empresas con personas con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Artículo 89.1 de la LCSP: - Apartado: e Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Los licitadores presentarán como parte de la solvencia técnica, la siguiente documentación: - Ficha técnica suscrita por el representante legal de la empresa en la que consten las características técnicas del elemento a suministrar. Esta ficha técnica deberá tener las páginas numeradas y se señalará cada característica prescrita en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares de tal forma que se pueda cotejar de forma clara y evidente el cumplimiento de lo exigido. La documentación presentada deberá estar en idioma castellano y en el supuesto caso de que se presente una hoja de catálogo en el que figuren varios productos deberá señalar de manera inequívoca qué producto oferta. La documentación que se indica se refiere únicamente a los productos siguientes: - Sillón Descanso. - Silla trabajo 24 horas. Medio de Acreditación: Se entenderá acreditada la solvencia técnica si la ficha técnica cumple con las características técnicas exigidas en el PPTP. La exigencia del artículo 89 apartado e) responde de manera adecuada al objeto del contrato, sin llegar a resultar restrictiva la exigencia para los licitadores. Con la presentación de una ficha técnica en la que consten las características técnicas del elemento a suministrar por parte de la empresa, de cara a acreditar este requisito de solvencia, se ha considerado que es una buena forma de obtener la información precisada.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Artículo 87.1 de la LCSP: - Apartado: a Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Volumen anual de negocios del licitador o candidato, exclusivamente en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos ejercicios concluidos a contar desde la publicación efectiva del PCAP, excluyendo trabajos que se hayan ejecutado en el propio año en curso, deberá ser de al menos el siguiente importe: 192.285,00 € (IVA excluido) El suministro de los artículos requiere la participación de distribuidores especializados, por ello se considera necesario un volumen anual de negocios igual a 1,5 veces el valor estimado del contrato (IVA excluido). Se ha optado por fijar un volumen anual de negocios igual al 1,5 veces el valor estimado del contrato, límite máximo establecido en el art. 87.1 a) de la LCSP por considerar que no existen riesgos especiales en el suministro que justifiquen su incremento, y entender que dicho límite es adecuado para garantizar la solvencia económica de los licitadores. Medio de Acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los 3 últimos ejercicios ya cerrados, excluyendo trabajos que se hayan ejecutado en el propio año en curso. La elección del requisito, y su medio de acreditación, se justifica porque la empresa debe poner a disposición del contrato medios humanos y materiales concretos y especializados, y por ello, es necesario que acrediten capacidad económica suficiente para implementarlos y mantenerlos desde el inicio del contrato durante todo su periodo de ejecución y las posibles prórrogas.
        Umbral:
        192285
        Periodo:
        3 últimos ejercicios concluidos

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre único
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa y criterios cuantificables automáticamente
    • Evento de Apertura
      Apertura oferta criterios cuantificables automáticamente (art.159)

    Condiciones de adjudicación

      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Precio
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 100
        • Expresión de evaluación : Pov = 100*( X%v/X%max)
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 100

    Plazo de Validez de la Oferta

    • 15 Día(s)

    • Se aceptará factura electrónica
  • Programas de Financiación
    No hay financiación con fondos de la UE