De una parte, DON ANTONIO BONILLA RODRÍGUEZ, en su calidad de Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Vícar, con D.N.I. XXX2143XX, asistido del Secretario de la Corporación DON RAFAEL JOSÉ MOLLEDA FERNÁNDEZ, con D.N.I. XXX4623XX, que da fe del acto, actuando en representación de esta entidad con CIF P-0410200J, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3, apartado 2, letra i), del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
De otra parte DOÑA CORINNE PIAGET MARIE-VICTORIE con NIF nº 00825925H en representación de la empresa MONTAÑA DEL SOL-ANIMAL SERVICE S.L. con CIF Nº. B04723953 con domicilio a efectos de notificaciones en Ctra. Almería, esq. C/ Profesor Tierno Galván de VIATOR (Almería), C.P.04240, telf. 950.3047.67 y correo electrónico: moralesrodriguezrafael@yahoo.es
Reconociéndose las partes mutuamente capacidad para obligarse EXPONEN:
La finalidad del presente acto es la de proceder a la formalización del siguiente CONTRATO:
Tipo de contrato: ADMINISTRATIVO
Subtipo del contrato: SERVICIOS
Objeto del contrato: “Recogida y control de animales perdidos o abandonados en el Municipio de Vícar (perros y gatos), retirada de animales muertos (perros, gatos y zorros) y servicio de esterilización, desparasitación y atención veterinaria primaria del método C.E.R. en el Municipio de Vícar”.
PRIMERA. DOÑA CORINNE PIAGET MARIE-VICTORIE con NIF nº 00825925H en representación de la empresa MONTAÑA DEL SOL-ANIMAL SERVICE S.L. con CIF Nº. B04723953 se compromete a la realización de las prestaciones para la ejecución del contrato: “Recogida y control de animales perdidos o abandonados en el Municipio de Vícar (perros y gatos), retirada de animales muertos (perros, gatos y zorros) y servicio de esterilización, desparasitación y atención veterinaria primaria del método C.E.R. en el Municipio de Vícar” con arreglo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, al Pliego de Prescripciones Técnicas y a la propia Proposición del Adjudicatario que figuran en el expediente, documentos contractuales que acepta incondicionalmente y sin reserva alguna y de lo que deja constancia firmando en este acto su conformidad en él.
SEGUNDA. El precio del contrato, IVA incluido, es el de 145.200,00 euros.
De acuerdo con lo señalado en la cláusula 20 del pliego de cláusulas administrativas particulares y cláusula E del Cuadro Anexo, No procede la revisión de precios en el presente contrato.
TERCERA. El plazo de ejecución del contrato es de DOS AÑOS, contados desde el día siguiente al de la firma del presente contrato.
CUARTA. Transcurrido el plazo de garantía establecido en DOS meses desde la fecha de terminación de la realización de la totalidad de las prestaciones objeto del contrato, y una vez aprobada la liquidación del mismo, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 110 de la LCSP, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, y quedará extinguida la responsabilidad del contratista, conforme al artículo 210.3 de la LCSP.
QUINTA. Si el adjudicatario, por causas imputables al mismo, incurriera en demora en el cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales de ejecución, la Administración podrá optar por la resolución del contrato, con pérdida de la garantía, o por la imposición de las penalidades previstas en el artículo 193 de la LCSP.
SEXTA. Además del supuesto indicado en la estipulación anterior, son causas de resolución del contrato las previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y las establecidas en los artículos 211 y 245 de la LCSP