Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución - Se acreditará por los siguientes medios: a) La titulación académica del responsable de las obras que la empresa constructora adjudicataria asignará con carácter permanente en ellas, será la de: INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL O GRADO EN INGENIERÍA INDUSTRIAL. Se acreditará mediante copia del título oficial o certificado emitido por el Colegio Oficial correspondiente, junto con una declaración del representante de la empresa indicando quien será el responsable de la obra.
b) La experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el licitador en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución, y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos
acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros.
El objeto del contrato es un campo donde la experiencia demostrable de haber logrado satisfacer en otras ocasiones las exigencias de contratos similares, así como la titulación exigida al responsable de las obras de la empresa, son muestra del nivel de solvencia técnica de los licitadores.