Trabajos realizados - Una relación de los principales servicios/prestaciones realizados de igual o similar naturaleza que
los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique
el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
El importe mínimo anual acumulado en el año de mayor ejecución de la relación de servicios
realizados exigida será el 70 por ciento de la anualidad media del contrato, obtenida dividiendo su
precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicado por 12 el cociente
resultante (debe excluirse el IVA): 8.099,17 euros
Se entenderá que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del
contrato, si está incluido en la misma CPV que el objeto del presente contrato, se atenderá a los
tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una
empresa de nueva creación, se estará a lo dispuesto en el artículo 88.2 de la LCSP y se acreditará
la solvencia técnica de la forma especificada en el apartado siguiente para “Empresas de nueva
creación”.