- Capacidad de obrar
- Ver cláusulas 12, 13, 19 y 20 del PCAP. Acreditación inicial mediante las Declaraciones responsables que se presentan en el sobre único. Acreditación posterior mediante presentación de documentos justificativos recogidos en la cláusula 20 del PCAP a requerimiento del órgano de contratación, en cualquier momento y, en todo caso, antes de la adjudicación.
- No prohibición para contratar
- Ver cláusulas 12, 13, 19 y 20 del PCAP. Acreditación inicial mediante las Declaraciones responsables que se presentan en el sobre único. Acreditación posterior mediante presentación de documentos justificativos recogidos en la cláusula 20 del PCAP a requerimiento del órgano de contratación, en cualquier momento y, en todo caso, antes de la adjudicación.
- No estar incurso en incompatibilidades
- Ver cláusulas 12, 13, 19 y 20 del PCAP. Acreditación inicial mediante las Declaraciones responsables que se presentan en el sobre único. Acreditación posterior mediante presentación de documentos justificativos recogidos en la cláusula 20 del PCAP a requerimiento del órgano de contratación, en cualquier momento y, en todo caso, antes de la adjudicación.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Ver cláusulas 12, 13, 19 y 20 del PCAP. Acreditación inicial mediante las Declaraciones responsables que se presentan en el sobre único. Acreditación posterior mediante presentación de documentos justificativos recogidos en la cláusula 20 del PCAP a requerimiento del órgano de contratación, en cualquier momento y, en todo caso, antes de la adjudicación.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Ver cláusulas 12, 13, 19 y 20 del PCAP. Acreditación inicial mediante las Declaraciones responsables que se presentan en el sobre único. Acreditación posterior mediante presentación de documentos justificativos recogidos en la cláusula 20 del PCAP a requerimiento del órgano de contratación, en cualquier momento y, en todo caso, antes de la adjudicación.
- No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
- Ver cláusulas 12, 13, 19 y 20 del PCAP. Acreditación inicial mediante las Declaraciones responsables que se presentan en el sobre único. Acreditación posterior mediante presentación de documentos justificativos recogidos en la cláusula 20 del PCAP a requerimiento del órgano de contratación, en cualquier momento y, en todo caso, antes de la adjudicación.
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Ver cláusulas 12, 13, 19 y 20 del PCAP. Acreditación inicial mediante las Declaraciones responsables que se presentan en el sobre único. Acreditación posterior mediante presentación de documentos justificativos recogidos en la cláusula 20 del PCAP a requerimiento del órgano de contratación, en cualquier momento y, en todo caso, antes de la adjudicación.
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Ver cláusulas 12, 13, 19 y 20 del PCAP. Acreditación inicial mediante las Declaraciones responsables que se presentan en el sobre único. Acreditación posterior mediante presentación de documentos justificativos recogidos en la cláusula 20 del PCAP a requerimiento del órgano de contratación, en cualquier momento y, en todo caso, antes de la adjudicación.