Trabajos realizados - Solvencia Técnica o profesional: El empresario optará por acreditar su solvencia técnica con uno de los dos criterios siguientes (cuando el contratista sea una empresa de nueva creación -antigüedad inferior a cinco años, se acreditará con el criterio b).
a) Relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, avalada por certificados de buena ejecución, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que corresponda al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 110.415,29 € (70% del valor estimado).
Se acreditará mediante certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas Sector Público o el registro equivalente de la Generalitat Valenciana. De no figurar en el Registro este dato, se podrá acreditar por medio de relación firmada de obras, avalada por certificados de buena ejecución e indicando importe, fechas y lugar de ejecución. b) Declaración de plantilla media anual de la empresa y número de directivos durante los tres últimos años acompañada de la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Se exigirá un mínimo de 4 trabajadores especialistas en albañilería contratados al menos durante todo el año durante alguno de los tres últimos años, a jornada completa. Asimismo, deberá acreditar al menos una persona que realice las funciones de gerente o administración de la empresa, con carácter permanente.
Plantilla media anual - Solvencia Técnica o profesional: El empresario optará por acreditar su solvencia técnica con uno de los dos criterios siguientes (cuando el contratista sea una empresa de nueva creación -antigüedad inferior a cinco años, se acreditará con el criterio b).
a) Relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, avalada por certificados de buena ejecución, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que corresponda al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 110.415,29 € (70% del valor estimado).
Se acreditará mediante certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas Sector Público o el registro equivalente de la Generalitat Valenciana. De no figurar en el Registro este dato, se podrá acreditar por medio de relación firmada de obras, avalada por certificados de buena ejecución e indicando importe, fechas y lugar de ejecución. b) Declaración de plantilla media anual de la empresa y número de directivos durante los tres últimos años acompañada de la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Se exigirá un mínimo de 4 trabajadores especialistas en albañilería contratados al menos durante todo el año durante alguno de los tres últimos años, a jornada completa. Asimismo, deberá acreditar al menos una persona que realice las funciones de gerente o administración de la empresa, con carácter permanente.