Trabajos realizados - La solvencia técnica y profesional se cumplirá con la presentación de la documentación acreditativa, prevista en el artículo 90 de la LCSP, de los siguientes criterios que a continuación se enumeran:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán por medio de certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, por medio de un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, por medio de una declaración del empresario; si es el caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.