Trabajos realizados - Acreditar el 50 % del valor estimado del contrato (1.069.794,40 €) como ejecutado durante el año de mayor ejecución del período de 3 años citado, en servicios de igual o similar naturaleza que el que constituye el objeto del contrato (puede ser un único servicio o con la suma de dos o más servicios; es decir, puede aportar uno o más certificados que sumen como mínimo este importe).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90.4 de la LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por el medio previsto en el artículo 90.1.b) de la LCSP: indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.
Declaración responsable previa: los licitadores deberán rellenar en el DEUC la sección α (alfa) de la parte IV (criterios de selección), indicando afirmativamente que cumplen los criterios de selección.
Medios de acreditación posteriores: la empresa a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá presentar una relación que acredite los criterios de selección y los requisitos mínimos en la forma establecida