Otros - Alternativamente, y conforme al artículo 77.b LCSP la solvencia económica y financiera, técnica o profesional se podrá acreditar mediante la siguiente clasificación de servicios, (Grupo O, Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles, Subgrupo 3, Conservación y mantenimiento de redes de agua y alcantarillado), Categoría 1 (anterior A).