- Capacidad de obrar
- Podrán presentar proposiciones, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello, lo que se acreditará por los medios establecidos en la LCSP 2017, y que no se encuentren incluidas en los supuestos de prohibición recogidos en su artículo 71. Asimismo, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social. _ La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará por los medios establecidos en la LCSP 2017.
- No prohibición para contratar
- La prueba de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 71 LCSP 2017, se realizará también por los medios establecidos en dicha Ley.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- deben estar al corriente de sus obligaciones con la seguridad social.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- que no se encuentren incluidas en los supuestos de prohibición recogidos en su artículo 71. Asimismo, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.