Otros - Los licitadores deberán acreditar la solvencia técnica por los siguientes medios:
Una relación de las principales obras de igual o similar naturaleza a la del objeto del contrato en el curso de los CINCO últimos años, avalada por certificados de buena ejecución.
Se exigirá como solvencia técnica mínima, que el licitador haya ejecutado en el periodo de tiempo anteriormente referido, al menos, TRES contratos de igual o similar naturaleza a la del objeto del contrato, por un importe total no inferior a un 50% del presupuesto de licitación del contrato.
Los contratos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, en los que se indicarán el importe, las fechas, y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
Los licitadores deberán adjuntar compromiso de adscribir y disponer para la ejecución del contrato de los medios expresados anteriormente y el citado compromiso se formulará integrado en la declaración responsable junto con el modelo de proposición del anexo V, que se incluirá en el archivo electrónico-sobre C, sin perjuicio de la aportación por el licitador propuesto para la adjudicación, a requerimiento del órgano de contratación, de la documentación acreditativa de su efectiva disposición, con carácter previo a la adjudicación del contrato.