Trabajos realizados - Justificantes de los principales servicios y actividades que haya prestado o realizado en los últimos tres años (2021, 2022 y 2023), de características iguales o semejantes a las que son propias de esta concesión. Se considerará que la entidad solicitante posee solvencia técnica o profesional para ser concesionario de esta concesión cuando acredite, mediante los justificantes o certificados aportados, la participación en los últimos tres años (2021, 2022 y 2023) en uno o varios contratos cuyo objeto sea la instalación y/o gestión y explotación de puntos de recarga de vehículo eléctrico, debiendo sumar el número de puntos de recarga rápida instalados y/o gestionados y explotados, en uno de los ejercicios a que se hace referencia en el párrafo anterior y en el cómputo global de los contratos en los que hubiera participado en ese ejercicio, una cifra igual o superior a 10 (diez).
Se considerarán, a efectos de justificar esta solvencia, los puntos de recarga de vehículo que ofrezcan, en los postes de recarga instalados en esos puntos, una potencia máxima de salida de, por lo menos, 50 kW. En cualquier caso, el concesionario deberá disponer de recursos
humanos y técnicos suficientes para ejecutar las prestaciones objeto de la concesión, sin que suponga la afectación de la totalidad de sus recursos.
En lo que se refiere al caso de nuevas empresas que no alcancen los 3 años de antigüedad, acreditaran la solvencia técnica mediante declaración, indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, debiendo justificar
convenientemente que dichos medios son suficientes para el cumplimiento de la concesión, especialmente, el plazo de puesta en servicio. En concreto será preciso disponer para la instalación de los equipos de recarga un instalador habilitado de baja tensión y un instalador
habilitado de alta tensión, con experiencia mínima de un año.
Periodo: 2021, 2022 y 2023
Expresión: texto