"...Primera. El Ayuntamiento de San Javier, por medio de su Alcalde compareciente, formaliza la adjudicación a la mercantil La Gloria Rents, S.L., con número de CIF: B73027393, del contrato de los Servicios y Suministros necesarios para la realización del Festival Internacional del Jazz de San Javier Lote 4, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al de Prescripciones Técnicas que figuran en el expediente.
Dichos pliegos resultan ser ley fundamental del contrato, que la adjudicataria declara conocer y acepta, y que quedan incorporados al mismo.
Segunda. La adjudicataria se obliga a la prestación del objeto del contrato por un importe de 17.170,00 euros anuales, más el IVA 1.717,00 euros, lo que suma un total de 18.887,00 euros anuales para el Lote 4, y demás condiciones indicadas en su oferta, por ser la mejor oferta según la relación calidad-precio, presentada, admitida y que no ha sido declarada desproporcionada o anormal, de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Tercera. La duración del contrato se establece en dos años, prorrogable anualmente mediante acuerdo expreso hasta dos años más, hasta un máximo de cuatro años en total, incluidas las prórrogas. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. El órgano de contratación decidirá sobre la solicitud de prórroga en el caso de que esta se produzca, no estando vinculado por la solicitud del adjudicatario.
Las prestaciones objeto de este contrato se iniciarán a partir de la formalización del mismo.
Cuarta. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la prestación del objeto antedicho y de este contrato, la adjudicataria deja afecta, en concepto de fianza, la cantidad de 1.717,00 euros, para el lote 4.
Se establece como condición especial de ejecución del contrato que el contratista se comprometa, a estar en posesión de alguna norma europea en materia de gestión medioambiental. A efectos de controlar el cumplimiento de la referida condición de ejecución, la empresa adjudicataria habrá de entregar al órgano de contratación, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de formalización del contrato, la correspondiente certificación, para las comprobaciones oportunas.
Quinta. En el presente contrato, conforme a lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP 2017, y de acuerdo con lo dispuesto en la ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, y el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero que la desarrolla, el precio no será revisable.
Sexta. Ambas partes se obligan al exacto cumplimiento del contrato, conforme a las instrucciones facilitadas por el Ayuntamiento de San Javier y lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.
Séptima. Ambos contratantes se someten expresamente a los preceptos de aplicación supletoria, previstos en la cláusula 26ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares...."