Otros - Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del contrato, avalada por certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término, y a falta de éstos, mediante una declaración responsable de la empresa acompañada de los documentos obrantes en poder de la misma que acrediten la realización de la prestación. Al ser éste un contrato de obras, cuyo valor estimado es inferior a 500.000,00 euros, cuando la contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará con una declaración indicando el personal técnico, estén o no integrados en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes. Se considerará que para la realización de la obra objeto de contratación, la empresa propuesta como adjudicataria deberá acreditar que cuenta en plantilla con al menos una persona con experiencia acreditada como encargado de obras y dos personas con experiencia acreditada en trabajos de revestimientos de pintura.