Trabajos realizados - Se acreditará la solvencia técnica o profesional mediante relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza (atendiendo, al efecto de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, al grupo y subgrupo de clasificación: Grupo I Subgrupo 1, Categoría 2, o a los respectivos Códigos 45315600-4 al que corresponde el objeto del contrato.
El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a:
191.047,93 €
Esta relación deberá ir acompañada de los certificados acreditativos correspondientes de buena ejecución; indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.