Otros - Criterio: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes.
En concreto: Haber ejecutado durante los tres últimos años al menos 3 servicios de Consultoría en materia de Protección de Datos cuyos importes sumados deben de ser superiores a la cantidad de 10.000€.
Acreditación documental: Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Otros - En concreto: Se exige, al menos, una persona responsable de la ejecución del contrato (el Delegado de Protección de Datos) que reúna como mínimo las siguientes condiciones:
▪ Licenciado/a o graduado/a en Derecho.
▪ Experiencia profesional mínima de 3 años en tareas de consultoría/asesoría en materia de protección de datos en entidades públicas o privadas.
Acreditación documental: Se considerará acreditada esta solvencia por aquellas empresas que presenten documento indicando nombre, titulación y la experiencia requerida, así como los documentos acreditativos correspondientes. En este sentido:
▪ La titulación se acreditará mediante original o copia autenticada de la titulación académica.
▪ Con relación a la experiencia: A estos efectos, se valorará tanto el trabajo por cuenta ajena como por cuenta propia. Para su acreditación se aportará:
o En caso de trabajos para entidades pertenecientes al sector público, certificado de funciones o de servicios realizados expedidos por la entidad correspondiente. En el certificado se incluirá, al menos: Descripción y periodo de prestación del servicio o trabajo realizado.
o En caso de trabajos para el sector privado, mediante declaración del empresario o entidad para la que se realizó el servicio. En este supuesto se adjuntará el certificado de vida laboral. En la declaración responsable se incluirá, al menos: Descripción y periodo de prestación del servicio o trabajo realizado.
Se deberá acreditar, igualmente, la vinculación, la cual se realizará mediante compromiso firmado por la persona indicada en orden a su participación hasta el final de los trabajos.
Se aportarán documentos originales, sellados y firmados, o copias autenticadas.