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Número de Expediente 300/2024/00130
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 13-08-2024 a las 10:17 horas.

Contrato mixto de suministro y servicio de mantenimiento de diversos vehículos pesados de primera salida para la Jefatura del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid (2 lotes)

Contrato Sujeto a regulación armonizada
Si

  • Directiva de aplicación
    Directiva 2014/24/EU - sobre Contratación Pública
  • Valor estimado del contrato
    23.935.101,37 EUR.
  • Importe
    28.153.568,97 EUR.
  • Importe (sin impuestos)
    23.267.412,37 EUR.
  • Plazo de Ejecución
    • 60 Mes(es)
      • Observaciones: con fecha de inicio el 2 de diciembre de 2024, o al día siguiente al de la fecha de formalización del contrato si esta fuera posterior
  • Tipo de Contrato
    Suministros
  • Subtipo
    Adquisición
  • Contrato Mixto
    Si
  • Clasificación CPV
    • 34144210 - Vehículos de extinción de incendios.

    Proceso de Licitación

    • Procedimiento
      Abierto
    • Tramitación
      Ordinaria
    • Presentación de la oferta
      Electrónica
    • Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
      : No
    • Sistema de Contratación
      No aplica
    • Características del procedimiento
      Al amparo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP) se realiza la contratación del contrato de suministro mediante procedimiento abierto por ser éste junto al restringido, el ordinario previsto para la contratación del sector público. De acuerdo con los artículos 131, 132 y 156 de la LCSP, se determina la utilización del procedimiento abierto con el objetivo de garantizar los principios de libre concurrencia, publicidad y transparencia para que todo empresario interesado pueda presentar una propuesta. De esta forma, en base a los principios de legalidad, igualdad y transparencia, se garantiza la libre concurrencia y participación de todas aquellas empresas que lo deseen. Así pues, su delimitación, plazos para la presentación de proposiciones y plazo de publicación se regirá por las normas previstas en el art. 156 LCSP. En cuanto a la tramitación del expediente, se realiza con carácter ordinario por no concurrir ninguna causa que justifique la tramitación urgente o de emergencia. El contrato se adjudicará mediante la aplicación de una pluralidad de criterios, sobre la base de la mejor relación calidad-precio y vinculados al objeto del contrato, de acuerdo con el artículo 145 de la LCSP.
    Nº de Lotes: 2
    • Se debe ofertar:
      A uno o varios lotes
    • Número máximo de lotes a los que se puede presentar:
      2
    • Número máximo de lotes que se puede adjudicar a un licitador:
      2

    Entidad Adjudicadora

    Dirección Postal
    • Calle Príncipe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España
    • ES300
    Contacto
    • Teléfono
      +34 608892713
    • Correo Electrónico
      agssyecontratacion@madrid.es

    Proveedor de Pliegos

    • Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid
    Dirección Postal
    • Calle Príncipe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España

    Proveedor de Información adicional

    • Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid
    Dirección Postal
    • Calle Príncipe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España

    Recepción de Ofertas

    • Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid
    Dirección Postal
    • Calle Príncipe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España

    Información del Anuncio Previo en Diarios

    Información del Anuncio de información previa con reducción de plazos en Diarios


      Objeto del Contrato
      : Contrato mixto de suministro y servicio de mantenimiento de diversos vehículos pesados de primera salida para la Jefatura del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid (2 lotes)

    • Descripción del procedimiento
    • El objeto del contrato es la adquisición de diversos vehículos pesados de primera salida para la Jefatura del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid y su posterior mantenimiento. La necesidad del contrato se justifica en el deber de la Administración municipal de ejercer las competencias que le corresponden en materia de prevención y extinción de incendios y salvamentos y obedece a un plan de actualización y ampliación de flota iniciado en 2020 que pretendía repartir el esfuerzo de adquisición de vehículos a lo largo de varios años, de manera que se cubrieran las necesidades del servicio de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid. Este contrato contempla la adquisición de un total de 43 vehículos. Se divide en dos lotes para no comprometer la operatividad del Servicio por incidencias durante la tramitación y ejecución del contrato, ya que se trata, en todos los casos, de vehículos imprescindibles para la intervención en siniestros y que además sustituirán a otros ahora operativos a través de un contrato de arrendamiento. El lote 1 “Bomba urbana pesada, tanques y vehículo de emergencias”: Es objeto del lote el suministro y mantenimiento de un total de 22 vehículos especializados para la atención en siniestros. 15 de ellos, bombas y tanques, equipados con cisterna de agua y 7 vehículos de emergencias equipados con grúa. El lote 2 “Bombas urbanas y bomba forestal”: Es objeto del lote el suministro y mantenimiento de un total de 21 vehículos especializados para la atención en siniestros dotados todos ellos con cisterna de agua. El contrato contempla el suministro del vehículo totalmente equipado con toda la dotación material precisa para llevar a cabo cada tipo de intervención concreta y, además, el suministro de la dotación material de repuesto inmediato, definida en cada caso, que es necesario adquirir simultáneamente con los vehículos para garantizar su operatividad a lo largo del periodo de garantía. Esta dotación material considerada de repuesto inmediato es aquella cuyas características concretas de dimensiones, prestaciones y forma, están condicionadas a la soportería de los vehículos y no es posible asegurar su continuidad en el mercado. Incluye también el contrato el mantenimiento de los vehículos que se suministren durante el periodo de tiempo que estén sujetos a la garantía del fabricante y para todos aquellos trabajos de mantenimiento no cubiertos por dicha garantía. Con ello se minimizan los tiempos de reparación y se reducen significativamente las incidencias en la ejecución de las tareas de mantenimiento, garantizando así una eficiente puesta a disposición de los vehículos para la prestación del Servicio que tiene encomendado el Cuerpo de Bomberos. Este servicio no se realiza directamente por la Administración por carecer la Dirección General de Bomberos de medios técnicos y personales para acometerlos y tampoco está contemplada en otro contrato.
    • Valor estimado del contrato
      23.935.101,37 EUR.
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        28.153.568,97 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        23.267.412,37 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 34144210 - Vehículos de extinción de incendios.
    • Plazo de Ejecución
      • 60 Mes(es)
        • Observaciones: con fecha de inicio el 2 de diciembre de 2024, o al día siguiente al de la fecha de formalización del contrato si esta fuera posterior
    • Lugar de ejecución
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
      • Dirección Postal
        • España

      Lote 1: Lote 1 Bomba urbana pesada, tanques y emergencias

      • Descripción del lote
        Suministro y mantenimiento de un total de 22 vehículos especializados para la atención en siniestros. 15 de ellos, bombas y tanques, equipados con cisterna de agua y 7 vehículos de emergencias equipados con grúa
    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
      • Valor estimado del contrato
        12.973.955,63 EUR.
      • Presupuesto base de licitación
        • Importe
          15.279.381,03 EUR.
        • Importe (sin impuestos)
          12.627.587,63 EUR.
      • Clasificación CPV
        • 34144210 - Vehículos de extinción de incendios.

      Condiciones de Licitación

      Requisitos de participación de los licitadores
        Condiciones de admisión
        • Preferencia para empresas con personas con discapacidad
          - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
        • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
          - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
        • No prohibición para contratar
          - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
        • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
          - Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
        • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
          - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
        • Capacidad de obrar
          - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid. Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
        Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
        • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
          - Artículo 89.1 de la LCSP: Apartado: e. Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Los licitadores deberán realizar una memoria y planos describiendo las características de los vehículos a suministrar. Medio de Acreditación: Deberá presentar, para cada tipo de vehículo al que se licite, una memoria técnica con las páginas numeradas y diferenciando mediante pie o cabecera de página el vehículo descrito y el licitador que incluya los siguientes puntos: 1 Características técnicas del vehículo base o chasis. 2 Características técnicas del vehículo ya carrozado y con los equipos fijos instalados. 3 Descripción de los equipos y sistemas que dan respuesta a las exigencias del anexo de comunicaciones y módulo de carga de los vehículos, incluyendo los diagramas de conexionado con la identificación de los tipos de conectores utilizados. 4 Certificado del fabricante del chasis del cumplimiento de las normativas de emisiones vigentes en ese momento. 5 Certificado del fabricante del chasis de la idoneidad del montaje de superestructuras y equipos realizados con el carrocero, cuando proceda. 6 Justificación del cumplimiento de la normativa exigida para cada tipo de vehículo y de las prestaciones exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. 7 Estudio técnico de reparto de cargas y estabilidad. 8 Propuesta de distribución de materiales de la dotación, cuando proceda. 9 Documentación gráfica completa, acotada y a escala del vehículo, con planta, alzado frontal, lateral y trasero, y planos de detalle en planta y sección del interior de la cabina. 10 Planning de montaje y construcción.
        • Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales
          - Artículo 89.1 de la LCSP:- Apartado: f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Los licitadores deberán acreditar la implantación en su organización para la actividad de fabricación de los vehículos objeto del contrato del lote o lotes a los que liciten de: Un sistema de gestión de calidad conforme a la norma ISO 9001. Medio de acreditación: Se presentará copia de la certificación en vigor del sistema implantado conforme a la norma ISO 9001 para la fabricación y mantenimiento de vehículos contraincendios. Según lo dispuesto en el art. 93.2 LCSP, se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también se aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de calidad que se presenten.
        • Trabajos realizados
          - Artículo 89.1 de la LCSP: Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Haber realizado en el año de mayor ejecución dentro de los tres últimos años incluido el de la licitación, (a contar desde la fecha de fin de presentación de ofertas), al menos uno o varios suministros de vehículos pesados para servicios de extinción de incendios., por un importe unitario de 12.973.955,63 euros IVA excluido En caso de licitar a más de un lote la solvencia a exigir en este caso, será la suma de las solvencias exigidas para cada uno de los Lotes a los que se licite. Medio de acreditación: Deberá presentar una relación suscrita por el representante legal de la empresa, de los principales suministros realizados en el transcurso de los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario, público o privado de los mismos.
          Umbral:
          12973955.6
          Periodo:
          tres últimos años
          Expresión:
          Deberá presentar una relación suscrita por el representante legal de la empresa, de los principales suministros realizados en el transcurso de los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario, público o privado de los mismos.
        Criterio de Solvencia Económica-Financiera
        • Cifra anual de negocio
          - Artículo 87.1 de la LCSP: Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia. Volumen anual de negocios del licitador o candidato, exclusivamente en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de actividad y de presentación de las ofertas, que deberá ser al menos igual a: 19.460.933,45 euros (IVA excluido) En caso de licitar a más de un lote la solvencia a exigir en este caso, será la suma de las solvencias exigidas para cada uno de los Lotes a los que se licite. Medio de Acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los 3 últimos años disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de actividad.
          Umbral:
          19460933.4
          Periodo:
          tres últimos años
          Expresión:
          Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los 3 últimos años disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de actividad.
      Condiciones de adjudicación
        Criterios de Adjudicación
          Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
        • MEJOR OFERTA ECONÓMICA EN EL MANTENIMIENTO
          • Subtipo Criterio : Precio
          • Ponderación : 15
          • Expresión de evaluación : Pm=15*(logBASE (Om+1)) Donde: Pm: Puntuación de la oferta que se valora Om: Tasa de porcentaje aplicable a los precios del mantenimiento de la oferta que se valora.
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 15
        • MEJOR OFERTA ECONÓMICA EN EL SUMINISTRO
          • Subtipo Criterio : Precio
          • Ponderación : 50
          • Expresión de evaluación : Ps=50*(logBASE (Os+1)). Donde: Ps: Puntuación de la oferta que se valora Os: Tasa de porcentaje aplicable a los precios del suministro de la oferta que se valora. Obs: Mayor tasa de porcentaje ofertada aplicable a los precios del suministro. BASE=Obs+1
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 50
        • NUMERO ADSCRIPCIÓN EN EXCLUSIVA DE MECÁNICOS
          • Subtipo Criterio : Otros
          • Ponderación : 10
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 10
        • PLAZO DE GARANTÍA
          • Subtipo Criterio : Otros
          • Ponderación : 6
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 6
        • SISTEMA INTERACTIVO DE INFORMACIÓN
          • Subtipo Criterio : Otros
          • Ponderación : 4
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 4
          Criterios evaluables mediante un juicio de valor
        • MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA EJECUCIÓN DEL MANTENIMIENTO
          • Subtipo Criterio : Otros
          • Ponderación : 15
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 15

      Lote 2: Lote 2 Bombas urbanas y bomba forestal

      • Descripción del lote
        Suministro y mantenimiento de un total de 21 vehículos especializados para la atención en siniestros, dotados todos ellos con cisterna de agua
    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
      • Valor estimado del contrato
        10.961.145,74 EUR.
      • Presupuesto base de licitación
        • Importe
          12.874.187,94 EUR.
        • Importe (sin impuestos)
          10.639.824,74 EUR.
      • Clasificación CPV
        • 34144210 - Vehículos de extinción de incendios.

      Condiciones de Licitación

      Requisitos de participación de los licitadores
        Condiciones de admisión
        • No prohibición para contratar
          - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
        • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
          - Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
        • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
          - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
        • Capacidad de obrar
          - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid. Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
        • Preferencia para empresas con personas con discapacidad
          - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
        • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
          - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
        Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
        • Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales
          - Artículo 89.1 de la LCSP: - Apartado: f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Los licitadores deberán acreditar la implantación en su organización para la actividad de fabricación de los vehículos objeto del contrato del lote o lotes a los que liciten de: •Un sistema de gestión de calidad conforme a la norma ISO 9001. Medio de acreditación: Se presentará copia de la certificación en vigor del sistema implantado conforme a la norma ISO 9001 para la fabricación y mantenimiento de vehículos contraincendios. Según lo dispuesto en el art. 93.2 LCSP, se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también se aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de calidad que se presenten.
        • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
          - Artículo 89.1 de la LCSP: Apartado: e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Los licitadores deberán realizar una memoria y planos describiendo las características de los vehículos a suministrar. Medio de Acreditación: Deberá presentar, para cada tipo de vehículo al que se licite, una memoria técnica con las páginas numeradas y diferenciando mediante pie o cabecera de página el vehículo descrito y el licitador que incluya los siguientes puntos: 1 Características técnicas del vehículo base o chasis. 2 Características técnicas del vehículo ya carrozado y con los equipos fijos instalados.3 Descripción de los equipos y sistemas que dan respuesta a las exigencias del anexo de comunicaciones y módulo de carga de los vehículos, incluyendo los diagramas de conexionado con la identificación de los tipos de conectores utilizados. 4 Certificado del fabricante del chasis del cumplimiento de las normativas de emisiones vigentes en ese momento. 5 Certificado del fabricante del chasis de la idoneidad del montaje de superestructuras y equipos realizados con el carrocero, cuando proceda. 6 Justificación del cumplimiento de la normativa exigida para cada tipo de vehículo y de las prestaciones exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. 7 Estudio técnico de reparto de cargas y estabilidad. 8 Propuesta de distribución de materiales de la dotación, cuando proceda. 9 Documentación gráfica completa, acotada y a escala del vehículo, con planta, alzado frontal, lateral y trasero, y planos de detalle en planta y sección del interior de la cabina. 10 Planning de montaje y construcción.
        • Trabajos realizados
          - Artículo 89.1 de la LCSP: Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Haber realizado en el año de mayor ejecución dentro de los tres últimos años incluido el de la licitación, (a contar desde la fecha de fin de presentación de ofertas), al menos uno o varios suministros de vehículos pesados para servicios de extinción de incendios, por un importe unitario de 10.961.145,74 euros (IVA excluido) En caso de licitar a más de un lote la solvencia a exigir en este caso, será la suma de las solvencias exigidas para cada uno de los Lotes a los que se licite. Medio de acreditación: Deberá presentar una relación suscrita por el representante legal de la empresa, de los principales suministros realizados en el transcurso de los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario, público o privado de los mismos.
        Criterio de Solvencia Económica-Financiera
        • Cifra anual de negocio
          - Artículo 87.1 de la LCSP: Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia. Volumen anual de negocios del licitador o candidato, exclusivamente en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de actividad y de presentación de las ofertas, que deberá ser al menos igual a: 16.441.718,61 euros (IVA excluido). En caso de licitar a más de un lote la solvencia a exigir en este caso, será la suma de las solvencias exigidas para cada uno de los Lotes a los que se licite. Medio de Acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los 3 últimos años disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de actividad.
          Umbral:
          16441718.6
          Periodo:
          tres últimos años
          Expresión:
          Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los 3 últimos años disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de actividad.
      Condiciones de adjudicación
        Criterios de Adjudicación
          Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
        • MEJOR OFERTA ECONÓMICA EN EL MANTENIMIENTO Lote 2
          • Subtipo Criterio : Precio
          • Ponderación : 15
          • Expresión de evaluación : Pm=15*(logBASE (Om+1)) Donde: Pm: Puntuación de la oferta que se valora Om: Tasa de porcentaje aplicable a los precios del mantenimiento de la oferta que se valora. Obm: Mayor tasa de porcentaje ofertada aplicable a los precios del mantenimiento. BASE=Obm+1
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 15
        • MEJOR OFERTA ECONÓMICA EN EL SUMINISTRO Lote 2
          • Subtipo Criterio : Precio
          • Ponderación : 50
          • Expresión de evaluación : Ps=50*(logBASE (Os+1)) Donde: Ps: Puntuación de la oferta que se valora Os: Tasa de porcentaje aplicable a los precios del suministro de la oferta que se valora. Obs: Mayor tasa de porcentaje ofertada aplicable a los precios del suministro. BASE=Obs+1
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 50
        • NUMERO ADSCRIPCIÓN EN EXCLUSIVA DE MECÁNICOS Lote 2
          • Subtipo Criterio : Otros
          • Ponderación : 10
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 10
        • PLAZO DE GARANTÍA Lote 2
          • Subtipo Criterio : Otros
          • Ponderación : 6
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 6
        • SISTEMA INTERACTIVO DE INFORMACIÓN Lote 2
          • Subtipo Criterio : Otros
          • Ponderación : 4
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 4
          Criterios evaluables mediante un juicio de valor
        • MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA EJECUCIÓN DEL MANTENIMIENTO lote 2
          • Subtipo Criterio : Otros
          • Ponderación : 15
          • Cantidad Mínima : 0
          • Cantidad Máxima : 15

      Condiciones de Licitación

    • No aplica la Directiva de Vehículos Limpios
    • Presentación de recursos

    • Programas de Financiación
      No hay financiación con fondos de la UE