Trabajos realizados - Medios:
Los suministros o trabajos efectuados se acreditarán:
- Cuando el destinatario sea una entidad del sector público, se acreditarán mediante certificados o visados por el órgano competente.
- Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o por una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. No será suficiente la presentación de la declaración del empresario, si no va acompañada de la documentación que acredite la realización de la prestación. La documentación deberá acreditar que, efectivamente, se ha realizado la prestación.
Criterios de selección y requisitos mínimos:
Se acreditará de acuerdo con el art. 89 de la Ley 9/2017, mediante una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de, como máximo, los tres últimos años, que incluya importe, fecha y destinatario, público o privado, de los mismos, por un importe mínimo de 78.000,00 €, tomando como criterios de correspondencia entre los suministros realizados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato, los tres primeros dígitos de los respectivos CPV.
Igualmente se podrá solicitar que se acredite la solvencia técnica mediante muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Esta documentación, en su caso, será solicitada con la finalidad de verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas en el PPT.
La solvencia sólo deberá ser acreditada por la entidad que resulte propuesta adjudicataria.