Resolución de Adjudicación 16-07-20
El Quinto Tte. de Alcalde, Delegado del Área de Medio Ambiente, Patrimonio Histórico, Deporte, Juventud y Transporte, en uso de las facultades que le han sido delegadas mediante Decreto del Sr. Alcalde-Presidente nº 2680/2019, de 18 de junio, modificado por Decreto nº 4260/2019, 2019, de 25 de octubre, a propuesta del Concejal-delegado de Formación, Empleo, Transportes, Juventud y Patrimonio Histórico, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
ACUERDA:
"Primero.- Declarar válidas las actuaciones llevadas a cabo en el procedimiento de licitación para la adjudicación del "Servicio de corresponsales juveniles para la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Boadilla del Monte".
Segundo.- Adjudicar el contrato del "Servicio de corresponsales juveniles para la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Boadilla del Monte" a JC MADRID DEPORTE Y CULTURA, S.L., con CIF B80345721 por un precio anual de 20.172,00 Euros, al que corresponde por IVA la cuantía de 4.236,12.Euros, totalizándose la oferta en 24.408,12 Euros.
Todo ello de conformidad con la oferta presentada y con estricta sujeción a los requisitos y condiciones del pliego y a las normas de aplicación que rigen dichos contratos.
Tercero.- El contrato tendrá una duración de UN AÑO a contar a partir del día siguiente a la formalización del mismo, salvo que en el mismo se disponga otra cosa.
No prestándose el servicio durante los meses de julio, agosto y septiembre.
Expirado el periodo de vigencia, el presente contrato se podrá prorrogar por un período de UN AÑO hasta un máximo de DOS AÑOS (período inicial y prórroga). Dicha prórroga se efectuará expresamente a petición del adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 29.2 de la LCSP, y previo acuerdo del órgano de contratación adoptado al efecto. La petición del adjudicatario deberá producirse con dos meses de antelación al vencimiento del período prevista.
Cuarto.- Notificar, en su caso, la adjudicación a todos los licitadores que no han resultado adjudicatarios.
Quinto.- Notificar a JC MADRID DEPORTE Y CULTURA, S.L. adjudicataria del contrato, la presente Resolución, debiendo efectuarse la formalización del contrato conforme a lo dispuesto en el art. 153 de la LCSP.
Sexto.- Publicar la adjudicación de este contrato en el Perfil del Contratante del órgano de Contratación alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en cumplimiento de lo expuesto en el art. 151 de la LCSP.
Séptimo.- Publicar anuncio en el que se dé cuenta de la formalización del contrato en el Perfil del Contratante del órgano de Contratación, en cumplimiento de lo expuesto en el art. 154 de la LCSP.