Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de
conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de
noviembre de Contratos del Sector Público, La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de
sus miembros acuerda:
PRIMERO. Justificar la celebración del contrato por los siguientes motivos: Necesidad de
adquirir mobiliario para la sala coworking para su correcto funcionamiento.
SEGUNDO. Contratar con la mercantil 3C EQUIPAMIENTOS INTEGRALES DE
OFICINA Y COLECTIVIDAD S.L. con CIF nº B-24482143, el suministro descrita en los
antecedentes, por el importe de su proposición que asciende a quince mil doscientos setenta y
seis con veinticinco céntimos.
TERCERO. Una vez realizada la prestación, incorpórese la factura y tramítese el pago si
procede.
CUARTO. Notificar la resolución al adjudicatario en el plazo de diez días a partir de la fecha de la firma de la Resolución.
QUINTO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con eldesglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido