Características del procedimiento El Plan Hidrológico de Tenerife (PHT) contempla y define los Sistemas de Infraestructuras Hidráulicas relacionados con diferentes funciones hidráulicas básicas. Para estos sistemas se define territorialmente, bajo diferentes horizontes temporales, la estructura funcional que permita adaptarse a las demandas previstas.
Con carácter adicional al PHT, atendiendo el elevado requerimiento energético de las infraestructuras hidráulicas insulares y teniendo en cuenta, además, las recomendaciones que ha venido apuntado, en diferentes informes, la Comisión de Evaluación Ambiental de Tenerife (CEAT), en relación con la Declaración de Emergencia Climática (CABTFE, de 17 de septiembre de 2019), en donde se establece que resulta necesario acelerar la descarbonización de la isla, reduciendo las emisiones de gases efecto invernadero para llegar a la neutralidad en 2040, se hace necesario impulsar infraestructuras que permitan aprovechar la alta potencialidad de energía renovable disponible en la isla.
Todo ello en el marco de las iniciativas estatales plasmadas en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética; donde se propone una serie de medidas relacionadas con la transición y eficiencia energética que pasan por alcanzar en el año 2030 una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, al menos, un 42 %.
Por este motivo, el Consejo Insular de Aguas de Tenerife redactó un proyecto técnico que define las actuaciones necesarias para la ejecución de instalaciones de generación de energía renovable de origen solar en los Complejos Hidráulicos del Valle de Güímar y del Noreste que permiten avanzar en la consecución de los objetivos anteriormente descritos.