Primero.- Rechazar la oferta presentada en el procedimiento del CONTRATO DE OBRA Y LEGALIZACIÓN PARA SUSTITUCIÓN DE DOS TRANSFORMADORES EN EL MERCADO CENTRAL DE PESCADOS DE LA UNIDAD ALIMENTARIA DE MERCAMADRID. REFª. PC-MER/2019/00021-ORD de LÍNEAS Y CABLES, S.L. por LÍNEAS Y CABLES, S.L., por ser anormalmente baja, al no haber justificado la viabilidad de su oferta técnica y económica conforme a los motivos expuestos por la Mesa de Contratación que asiste en el procedimiento en su sesión de 31 de julio de 2019 (2019/00021 SESION 5), así como el Informe de valoración de ofertas presuntamente anormalmente bajas del Área Técnica y Mantenimiento de 31 de julio de 2019, que se encuentran publicados en la Plataforma de Contratación del Sector Público en la licitación de referencia, quedando así excluida de la licitación.
Segundo.- Aceptar la oferta presentada por MONCOBRA, S.A. , al resultar válida la justificación efectuada, conforme a los motivos expuestos por la Mesa de Contratación que asiste en el procedimiento en su sesión de 31 de julio de 2019 (2019/00021 SESION 5), así como el Informe de valoración de ofertas presuntamente anormalmente bajas del Área Técnica y Mantenimiento de 31 de julio de 2019, que se encuentran publicados en la Plataforma de Contratación del Sector Público en la licitación de referencia.
Tercero.- Adjudicar el CONTRATO DE OBRA Y LEGALIZACIÓN PARA SUSTITUCIÓN DE DOS TRANSFORMADORES EN EL MERCADO CENTRAL DE PESCADOS DE LA UNIDAD ALIMENTARIA DE MERCAMADRID. REFª. PC-MER/2019/00021-ORD a favor de MONCOBRA, S.A. con CIF A-78990413, conforme al precio ofertado de CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (55.885,84), más I.V.A., con forme a los precios unitarios y plazo ofertado, así como las demás condiciones técnicas y económicas establecidas en su proposición y términos contenidos en los Pliegos y el Proyecto de Ejecución del Procedimiento.
El presente acuerdo es recurrible ante la titular del Área de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid al que se encuentra adscrita Mercamadrid, S.A., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 321.5 de la LCSP, y de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.