Mediante acuerdo de la mesa de contratación en sesión celebrada el 20 de julio de 2018 se realiza propuesta de adjudicación a favor del licitador DIMOBA SERVICIOS, S.L., quedando condicionada la efectiva adjudicación a la aportación de la documentación a que se refiere el pliego de cláusulas administrativas particulares y en el artículo 150.2 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, y que le fueron señaladas en el requerimiento que a tal efecto se le notificó en fecha 23 de julio de 2018.
La proposición seleccionada ha resultado ser la oferta económica más ventajosa de acuerdo con los artículos 145 y 146 de la LCSP.
El licitador propuesto como adjudicatario ha presentado, en tiempo y forma, la documentación necesaria para garantizar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo 150.2 de la LCSP.