Descripción: El Contrato podrá ser prorrogado por 3 anualidades más, siempre que se encuentre en vigor la Encomienda de Gestión de que trae causa el presente Expediente o de otra nueva con el mismo objeto o al inicio de la tramitación de la misma, siempre que no presente cambios sustanciales respecto a la anterior, incluidas cualquiera de sus respectivas prórrogas, aunque se encuentren en proceso de tramitación, haya que dar continuidad del servicio que ha sido prestado, haya existido un alto grado de calidad y lo acuerden así ambas partes.
Al ser las prórrogas de un año, y por tanto, de duración superior a los nueve meses del Contrato inicial, el importe de las prórrogas será como máximo el resultado de la siguiente fórmula:
(importe de adjudicación/9) x 12