Otros - Certificado de la compañía aseguradora en el que se acredite disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil General, que deberá incluir la RC Profesional, Explotación, Patronal, Productos/Postrabajos, con un límite de indemnización no inferior a 1.500.000,00 euros y un sublímite por víctima no inferior a 400.000,00 euros, para cubrir los daños materiales o personales y perjuicios consecuenciales que puedan ocasionarse a terceros como consecuencia del contrato objeto de adjudicación, acompañado de justificante bancario del pago de la prima, que se adjuntará al contrato como anexo.