DOCUMENTO ADMINISTRATIVO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DEL SUMINISTRO DE UNA LICENCIA EN LA NUBE O “CLOUD” PARA DAR SOPORTE AL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE INGRESOS.
Tavernes de la Valldigna, 27 de septiembre de 2017.
CLÁUSULAS DEL CONTRATO
PRIMERA. La mercantil GESTIÓN TRIBUTARIA TERRITORIAL SAU, se compromete a la realización del contrato de suministro de una licencia en la nube o “cloud” para dar soporte al sistema de información de ingresos con estricta sujeción al Pliego de prescripciones técnicas y Pliego de cláusulas administrativas particulares que rigen la contratación y ejecución de este suministro y a la oferta presentada, documentos contractuales que acepta plenamente. Una copia de dichos Pliegos se une al presente documento como anexo número II.
SEGUNDA. La mercantil GESTIÓN TRIBUTARIA TERRITORIAL SAU, se compromete a ejecutar el contrato por el precio ofertado e indicado en el antecedente tercero de este documento.
El pago al adjudicatario se realizará conforme estipula la cláusula 21 del Pliego de cláusulas administrativas particulares, mediante facturación mensual.
TERCERA. La duración del presente contrato es de CUATRO AÑOS, desde el 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2021 y podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo, admitiéndose dos prórrogas de un año cada una.
CUARTA. El plazo de garantía de este contrato es de un año a contar desde la fecha de finalización del contrato.
QUINTA. Para responder del cumplimiento del presente contrato, la mercantil GESTIÓN TRIBUTARIA TERRITORIAL SAU, ha depositado en la Caja de este Ayuntamiento, en concepto de fianza definitiva, aval de Bankia SA, núm. 2017.011.059, por importe de 13.541,24€ (trece mil quinientos cuarenta y un euros con veinticuatro céntimos), a que asciende esa fianza. Se acompaña al presente documento, como anexo número III, copia de la carta de pago de la fianza definitiva constituida.
SEXTA. De acuerdo con la cláusula 20 del Pliego de cláusulas administrativas particulares de este contrato, no se prevé revisión de precios.
SÉPTIMA. El régimen de penalidades será el contenido en la cláusula 22 del Pliego de cláusulas administrativas particulares.
OCTAVA. Queda advertida la empresa contratista de su obligación de cumplir, especialmente en lo que a este suministro se refiere, la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales y de seguridad social.
NOVENA. La mercantil GESTIÓN TRIBUTARIA TERRITORIAL SAU, presta su conformidad al Pliego de cláusulas administrativas particulares y al Pliego de prescripciones técnicas particulares que rigen para este contrato y se somete, para cuanto no se encuentre en él establecido, a los preceptos que resulten aplicables del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP.