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PRIMERO.- Adjudicar el contrato administrativo de SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LOS ELEMENTOS DESCRITOS EN EL ANEXO I del PPT destinados a la decoración de las zonas comunes y habitaciones del edificio “LA CASA DE LA TORRECILLA”, para su uso como hospedería en este Municipio, ubicada en Calle Cardenal Monescillo, nº 17, c/v a Calle Cervantes, de esta localidad, a la mercantil SOLUCIONA INTEGRA EDIFICA, S.L., con CIF Nº: B13628961, al ser considerada la mejor oferta relación calidad precio en base a los criterios de adjudicación que rigen dicha licitación, en el precio ofertado de 156.776,86€ (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE EURO) y 32.923,14€ (TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS EUROS CON CATORCE CÉNTIMOS DE EURO), en concepto de I.V.A., así como un plazo adicional de garantía de 3 años y un plazo de reducción en la entrega de los suministros de 35 días, condiciones que se incorporarán junto con dicha oferta en el documento de formalización del contrato y en el que habrá de quedar aneja la totalidad de condiciones incluidas en la oferta del adjudicatario junto con la acreditación de la constitución de la garantía definitiva depositada.
SEGUNDO.- Comprometer el gasto con cargo a los partidas y ejercicios presupuestarios correspondientes por importe de 189.700,00€ (CIENTO OCHENTA Y NUEVO MIL SETECIENTOS EUROS) IVA incluido, calculado éste con arreglo al IVA actualmente vigente.
TERCERO.- Proceder a la publicación en el perfil del contratante de este órgano de contratación ubicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público del presente acuerdo de adjudicación y una vez formalizado, del correspondiente anuncio, conforme a lo establecido en la LCSP.
CUARTO.- De conformidad con lo previsto en el art. 62 de la LCSP, designar como responsable del contrato al Ingeniero Técnico Municipal de este Ayuntamiento D. Ignacio Díaz Ropero Cruz y como unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria de este contrato al Departamento de Secretaría del Excmo. Ayuntamiento de Campo de Criptana.
QUINTO.- Notificar a la mercantil adjudicataria y al resto de licitadores la presente resolución conforme a lo dispuesto en la LCSP, debiendo significarles que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, contra el mismo, que agota la vía administrativa, puede interponer;
Con carácter potestativo, recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 y siguientes de la citada ley, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación del presente acto, ante el órgano que resuelve, en el Registro del Tribunal Central de Recursos Contractuales o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, computándose los plazos desde la fecha de envío de la notificación o del aviso de notificación, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado.
Recurso Contencioso Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ciudad Real, en el plazo de dos meses, computándose los plazos desde la fecha de envío de la notificación o del aviso de notificación, si fuera mediante comparecencia electrónica, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
SEXTO.- Informar al adjudicatario que deberá formalizar el contrato en documento administrativo una vez transcurrido el plazo para la presentación del Recurso Especial en materia de Contratación Pública anteriormente citado conforme a lo establecido en el art. 153 de la LCSP, a cuyo efecto y una vez transcurrido el mismo, los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
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