Justificación de la Modificación Necesidad de obras, servicios o suministros adicionales, a cargo del contratista/concesionario inicial [artículo 43, apartado 1, letra b), de la Directiva 2014/23/UE; artículo 72, apartado 1, letra b), de la Directiva 2014/24/UE y artículo 89, apartado 1, letra b), de la Directiva 2014/25/UE]
Descripción de la Modificación Resultando que, como consecuencia de la gran cantidad de equipos y materiales que necesita adquirir el Consorcio para la prestación de los servicios que tiene encomendados, se hace necesario incrementar el gasto previsto. Procede realizar la segunda modificación del contrato para el “Suministro de material diverso de ferretería, fontanería, electricidad, enseres y pequeña maquinaria para el Consorcio Provincial de Bomberos de Castellón ”, expediente 307/2023, en los términos expuestos en el Informe Técnico incorporado al expediente, conforme a lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La modificación propuesta de un 30% del precio inicial del contrato, puede implicar una alteración en la cuantía del contrato que no exceda del 50 por ciento de su precio inicial, IVA excluido, por lo que la modificación planteada, está dentro del margen recogido en la LCSP.