Según Acuerdo de Junta de Gobierno anexada en "Acta de resolución".
"Lo que le comunico, para su conocimiento y efectos, significándole que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponer, con carácter potestativo, recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 y siguientes de la citada ley, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación del presente acto, ante el órgano que resuelve, en el Registro del Tribunal Central de Recursos contractuales o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Alternativamente podrá formularse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Gijón, en el plazo de dos meses, a contar desde la recepción de esta notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente."