Promover el empleo de personas con dificultades particulares de inserción en el mercado laboral - Según le establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013 de 3 de diciembre , Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer - La contratista habrá de favorecer en la medida de lo posible la aplicación de medidas que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres.
Cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Mundial del Trabajo - La contratista debe cumplir las obligaciones laborales, establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, convenios colectivos o las disposiciones de derecho internacional laboral que vinculen al estado. Garantizar la seguridad y la protección de la salud en el trabajo.
Consideraciones de tipo social - La contratista debe cumplir las obligaciones sociales, establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, convenios colectivos o las disposiciones de derecho internacional social que vinculen al estado.
Consideraciones de tipo medioambiental - La contratista debe cumplir las obligaciones medioambientales, establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional o las disposiciones de derecho internacional medioambiental que vinculen al estado.
Combatir el paro - Si la ejecución del contrato requiriera que la empresa contratista haya de contratar personal, este deberá ser contratado entre personas inscritas como demandantes de empleo en las oficinas del Servicio Valenciano de Empleo, con una antigüedad de, al menos seis meses el momento que se haga efectiva la contratación.