Otros - Según anexo 3 del PCAP. Apartado Otros requisitos. Las empresas licitadoras contarán con la autorización correspondiente para realizar las actividades siguientes, debiendo estar inscritas en el Registro Nacional de Seguridad Privada: 1.- La vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos.
2.- La instalación y mantenimiento de aparatos, equipos, dispositivos y sistemas de seguridad conectados a centrales receptoras de alarmas o a centros de control o de videovigilancia.
Las empresas licitadoras, en la fase de licitación deberán aportar una declaración responsable en la que pongan de manifiesto que se encuentran inscritas en la actualidad, detallando la actividad para la que disponen de la autorización pertinente.