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Número de Expediente 2018/22
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 09-07-2018 a las 12:25 horas.

Suministro en la modalidad de arrendamiento con mantenimiento (renting) de un equipo (cajero ciudadano) para la recaudación de tributos locales y otros ingresos ingresos municipales del Ayuntamiento de Pinto (Madrid)

  • Valor estimado del contrato
    15.600 EUR.
  • Importe
    18.876 EUR.
  • Importe (sin impuestos)
    15.600 EUR.
  • Plazo de Ejecución
    • 48 Mes(es)
      • Observaciones: El plazo de entrega del cajero ciudadano será como máximo de UN MES a contar desde el día siguiente al de formalización del contrato. El plazo de ejecución será de CUARENTA Y OCHO MESES, a contar desde el día siguiente al de entrega del cajero ciudadano al AYUNTAMIENTO DE PINTO.
  • Tipo de Contrato
    Suministros
  • Subtipo
    Alquiler
  • Clasificación CPV
    • 30123200 - Cajeros automáticos.

    Proceso de Licitación

    • Procedimiento
      Abierto simplificado
    • Tramitación
      Ordinaria
    • Presentación de la oferta
      Electrónica
    • Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
      : No
    • Reducción de candidatos en fases sucesivas : No

    Entidad Adjudicadora

    Dirección Postal
    • Plaza de la Constitución, 1
    • (28320)
      Pinto
      España
    • ES300
    Contacto
    • Teléfono
      912483700
    • Fax
      912483702
    • Correo Electrónico
      contratacion@ayto-pinto.es

    Proveedor de Pliegos

    • Ayuntamiento de Pinto, CIF: P2811300I
    Dirección Postal
    • Plaza de la Constitución n.º 1
    • (28320)
      Pinto
      España

    Proveedor de Información adicional

    • Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Pinto
    Dirección Postal
    • Plaza de la Constitución n.º 1
    • (28320)
      Pinto
      España

    Recepción de Ofertas

    Dirección Postal
    • Plaza de la Constitución n.º 1
    • (28320)
      Pinto
      España

    Plazo de Presentación de Oferta

    • Hasta el 25/07/2018 a las 18:00

    Objeto del Contrato
    : Suministro en la modalidad de arrendamiento con mantenimiento (renting) de un equipo (cajero ciudadano) para la recaudación de tributos locales y otros ingresos ingresos municipales del Ayuntamiento de Pinto (Madrid)

  • Valor estimado del contrato
    15.600 EUR.
  • Presupuesto base de licitación
    • Importe
      18.876 EUR.
    • Importe (sin impuestos)
      15.600 EUR.
  • Clasificación CPV
    • 30123200 - Cajeros automáticos.
  • Plazo de Ejecución
    • 48 Mes(es)
      • Observaciones: El plazo de entrega del cajero ciudadano será como máximo de UN MES a contar desde el día siguiente al de formalización del contrato. El plazo de ejecución será de CUARENTA Y OCHO MESES, a contar desde el día siguiente al de entrega del cajero ciudadano al AYUNTAMIENTO DE PINTO.
  • Lugar de ejecución
    • Subentidad Nacional
      Madrid
    • Código de Subentidad Territorial
      ES300
    • Dirección Postal
      • España

    Condiciones de Licitación

  • Fórmula de Revisión de Precios
    No procede la revisión de precios
  • Garantía Requerida Definitiva

    • Porcentaje
      5 %

    Requisitos de participación de los licitadores

      Condiciones de admisión
      • Capacidad de obrar
        - Podrán contratar con la Administración las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresas, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 65 de la LCSP, extremo que podrá acreditarse por cualquiera de los medios establecidos en la LCSP y cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en el Anexo I del RGLCAP. Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a la que se extiende el objeto del contrato, así como informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 68 de la LCSP.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
      • No prohibición para contratar
      • No estar incurso en incompatibilidades
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
      • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
      • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Trabajos realizados
        - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1.a) de la LCSP, la solvencia económica o profesional de los empresarios se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Deberá acreditarse que el licitador ha suministrado, al menos, cinco cajeros ciudadanos en los últimos tres años.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1.a) de la LCSP, la solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse mediante el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, fijándose como requisito mínimo que aquel sea igual o superior a 23.000 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales, legalizados por el Registro Mercantil.

    Preparación de oferta

    • Sobre
      1
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Descripción
      SOBRE 1 "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA"

    Preparación de oferta

    • Sobre
      2
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Descripción
      SOBRE 2 "OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN PARA LA VALORACIÓN DE CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA"

    Condiciones de adjudicación

      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Oferta económica
        • Subtipo Criterio : Precio
        • Ponderación : 50
    Subcontratación permitida
    • Porcentaje de Subcontratación
      50 %
    • El porcentaje máximo que el contratista está autorizado a subcontratar se fija en el 50 por 100 del importe del contrato sin que a estos efectos se tengan en cuenta los subcontratos con empresas vinculadas al contratista principal