A partir del 9 de septiembre de 2018,estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en la fecha final del plazo de presentación de ofertas. Declaración del licitador en la que manifiesta que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación y están actualizados. No obstante ,con el fin de no restringir la competencia,si el licitador hubiera presentado la solicitud de inscripción en el Registro Oficial, pero en la fecha en que finalice el plazo de presentación de ofertas aún no hubiera sido inscrito,se deberá acreditar que se ha solicitado la inscripción .En este caso, la capacidad ,ausencia de prohibiciones de contratar y solvencia se acreditarán en la forma establecida con carácter general ,según se contempla en el pliego de claúsulas.