Trabajos realizados - Para acreditar la solvencia técnica el licitador de conformidad con el artículo 89 LCSP acreditará la relación de los principales suministros realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
El importe que el empresario deberá acreditar en el año de mayor ejecución en suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, será igual o superior, IVA excluido, a los importes de los lotes a los que se licite, tomando como criterio de correspondencia entre los suministros efectuados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV.