- Seguro de indemnización
- En el supuesto de que la empresa fuera de nueva creación y careciera de cuentas anuales registradas, la acreditación de la solvencia económica y financiera estará referida a la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del contrato, así como aportación del compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
- Cifra anual de negocio
- El volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. Ver cláusula 21 del PCAP.
- Otros
- Poseer la clasificación Grupo B (Puentes, viaductos y grandes estructuras), Subgrupo 3 (De hormigón pretensado), Categoría 1 o superior, acompañada de una declaración responsable relativa a su vigencia con arreglo al modelo que figura como ANEXO VII del PCAP. Ver cláusula 21 del PCAP.