Trabajos realizados - relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años que deberán ir avaladas por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
Las obras realizadas deberán ser de similares características a las del objeto del contrato, y deberán alcanzar en el año de mayor ejecución un importe igual o superior a 279.648,39 euros.
A efectos de determinar la correspondencia entre las obras acreditadas y las que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros (Grupo G, Viales y pistas, Subgrupo 6 obras viales sin cualificación específica).
Aunque no es obligatoria la clasificación fijada en Grupo G, Viales y pistas, Subgrupo 6 obras viales sin cualificación específica, Categoría 2 (anterior C), conforme al artículo 26 del R.D. 1098/2001(la categoría se efectúa por referencia al valor estimado del contrato, cuando la duración de éste sea igual o inferior a un año), es sin perjuicio de su aptitud como medio de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica, conforme al artículo 77.1.a) LCSP, por lo que si se dispone de dicha clasificación, se cumplirá con la solvencia económica-financiera y técnica.