- Capacidad de obrar
- Están facultadas para contratar con el Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las personas físicas acreditarán su capacidad de obrar por medio de su Documento Nacional de Identidad, y en caso de personas extranjeras, mediante documento análogo de su país de procedencia. La acreditación de los datos relativos a la personalidad jurídica y a la capacidad de obrar podrá realizarse mediante la certificación de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.
- No prohibición para contratar
- Los candidatos o licitadores no podrán estar incursos, a la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones, en ninguna de las prohibiciones para contratar con el sector público establecidas en el artículo 71 LCSP. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación del contrato. La prueba por parte de los licitadores de no estar incursos en las prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. Esta declaración se realizará sin perjuicio de la facultad del órgano y la Mesa de contratación de comprobar que los datos y circunstancias de la misma son coincidentes con los que recoja el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y/o Registro de Licitadores de la Junta de Andalucía, así como de obtener aquellos certificados que resulten necesarios para la adjudicación, cuando hubiera sido autorizado para ello por el licitador. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.
- No estar incurso en incompatibilidades
- Los licitadores deberán declarar que no se hallan incursos en alguna causa de incompatibilidad, especialmente cuando, habiendo participado en la elaboración de las prescripciones técnicas y/o en alguna consulta preliminar de mercado objeto del presente contrato, su participación pueda falsear u obstaculizar una efectiva competencia. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Los licitadores deberán hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social desde la finalización del plazo de presentación de ofertas hasta la adjudicación del contrato, lo que se acreditará mediante certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligada a presentarlas. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Los licitadores deberán hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con las Haciendas Estatal, autonómica y local, desde la finalización del plazo de presentación de ofertas hasta la adjudicación del contrato. Su cumplimiento se acreditará mediante las certificaciones positivas relacionadas en la Cláusula 10.7.2.f) del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Las empresas extranjeras deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante, que deberá adaptarse al modelo que figura como Anexo nº 3 del PCAP. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo que se facilita en el PCAP.
Descargue la plantilla que se le facilita en formato editable .doc, cumplimente el modelo, transforme a PDF y cargue en la herramienta de preparación y presentación de ofertas. Posteriormente, deberá firmar el documento a través de dicha herramienta mediante un certificado de firma electrónica avanzada admitido por la Administración General del Estado (@firma).
- Trabajos realizados
- Para demostrar la solvencia técnica o profesional, el empresario aportará una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia técnica con suministros realizados para el propio Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, no resultará obligatorio aportar el certificado a que se refieren los párrafos anteriores, siendo suficiente con que indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate, para que éste pueda verificar la existencia de la documentación que acredite la recepción del trabajo.
Los trabajos deberán ser de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los ejecutados por el empresario y los que son objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV.
El importe anual ejecutado, durante el mayor año de ejecución del periodo, deberá ser igual o superior al 70% de la anualidad media del lote o lotes a los que licite. Las cantidades para cada lote se concretan en el Anexo Nº 11 del PCAP.
No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.
Umbral: 11621.89
Periodo: En los últimos tres años.
Expresión: 70% de la anualidad media del lote expresada en euros. Cantidades especificadas en el Anexo Nº 11 del PCAP.