RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO
Con fecha 14 de diciembre de 2017, la Dirección de la AEMPS ordenaba el inicio del expediente, mediante procedimiento negociado por motivos de cuantía, para la contratación del SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MAMPARAS PARA ADECUAR ESPACIOS EN LA SEDE DE LA AEMPS DE LA CALLE CAMPEZO.
Aprobado el Expediente y gasto con fecha 7 de febrero de 2018, se procedió a cursar las invitaciones a tres empresas capacitadas para la realización del Servicio.
Asimismo, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución de 19 de diciembre de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de diciembre de 2016, por el que se instruye a las entidades del sector público estatal para dar publicidad a determinados contratos no sujetos a regulación armonizada se publicaron el anuncio de licitación y los pliegos reguladores del contrato en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en la página web de la AEMPS en fecha 9 de febrero de 2018.
Abiertas las ofertas e iniciado el proceso de negociación con las empresas, este Órgano de Contratación comprueba que es preciso desistir del procedimiento para garantizar adecuadamente la transparencia, libre concurrencia e igualdad de oportunidades entre las empresas, principios que han podido verse afectados durante el procedimiento tramitado.
De conformidad con la propuesta indicada y de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 155.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
Esta Dirección RESUELVE:
Desistir del procedimiento seguido hasta la fecha, derivado del expediente número Exp 2018/620/00002, cuyo objeto es el “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MAMPARAS PARA ADECUAR ESPACIOS EN LA SEDE DE LA AEMPS DE LA CALLE CAMPEZO”
Contra esta Resolución podrá interponerse:
• Con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, con base en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, en relación con lo establecido en el artículo 40.5, segundo párrafo del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
• O bien, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo que corresponda conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de este acto.